8. Suspensiones y/o anulaciones de alguna jornada.

Definición de SUSPENSIÓN: que la jornada ha sido iniciada mediante el lanzamiento de un cohete y posteriormente al mismo el comité ha decidido la suspensión temporal, resultando imposible la finalización de la misma.

Definición de ANULACIÓN: que el comité ha decidido NO INICIAR UNA JORNADA, o que tras iniciada no ha sido posible completar un mínimo de 9 hoyos por parte de todos los jugadores participantes. 


En la fase de Liguilla:

EN CASO DE SUSPENSIÓN:  En el caso de que el Comité decida declarar una jornada como "Suspendida", se sumarán los puntos obtenidos por los equipos hasta el momento de la suspensión. En este caso, solo se contabilizarán para la clasificación de dicha jornada, los hoyos terminados y debidamente anotados en la tarjeta por todos los jugadores en competición, siempre que se hayan jugado un mínimo de 9 hoyos. Si no ha sido posible completar ese número mínimo de hoyos por parte de todos los jugadores, la jornada se considerará ANULADA.

EN CASO DE ANULACIÓN: En el caso de que el Comité decida declarar una jornada como "Anulada" se intentará reprogramar  y, si no fuese posible, se tendrán solamente en cuenta las puntuaciones obtenidas en las jornadas anteriormente disputadas.


En la fase de Eliminatorias:

EN CASO DE SUSPENSIÓN: Los resultados de los partidos finalizados hasta el momento de la suspensión serán declarados válidos y contarán para la clasificación. Los partidos no finalizados serán declarados nulos y no se tendrán en cuenta para el resultado del enfrentamiento. El ganador del enfrentamiento será el equipo que cuente con más puntos a su favor en el momento de la suspensión.

EN CASO DE ANULACIÓN: El comité propondrá a los capitanes de los equipos una fecha para su celebración que será final.


En las fase de Finales:

Los supuestos de Suspensión o Anulación de alguna jornada de la fase de finales, están expuestos en el apdo. 7c de este reglamento, para cada jornada en concreto.