14. Comité de competición.

Se nombrará un comité de competición para toda la competición. El comité de la prueba decidirá en todo lo que afecte al desarrollo y a la interpretación del presente reglamento, o de algún caso no contemplado en el mismo y tendrá todas las facultades que le conceden las reglas de golf en vigor. Las decisiones del comité de competición serán finales.

El comité se reserva el derecho a cambiar cualquier punto del presente reglamento durante el transcurso de la competición, en beneficio del buen desarrollo de la prueba.